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¡No se va! El IEES rechaza solicitudes de revocación de mandato de Rocha Moya
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) desechó 21 solicitudes de revocación del mandato del presidente municipal de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca, Fernando Bautista Dávila.
El órgano electoral consideró que las solicitudes presentadas por distintos ciudadanos no cumplían con los requisitos establecidos en la ley, entre ellos, no acreditar que el 10% de los ciudadanos registrados en el padrón electoral hubieran solicitado la revocación de mandato.
El IEEPCO determinó que las solicitudes no cumplían con el requisito de "haber recabado el apoyo ciudadano equivalente, como mínimo, al 10% del número de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la demarcación correspondiente", tal como lo establece el artículo 42 de la Constitución Política de Oaxaca.
La decisión del IEEPCO fue tomada en sesión extraordinaria, luego de que un grupo de ciudadanos presentara las solicitudes de revocación del mandato de Bautista Dávila, acusándolo de incumplimiento de promesas de campaña, falta de transparencia y opacidad en el manejo de los recursos públicos.
Tras la resolución del IEEPCO, Bautista Dávila aseguró que continuará trabajando por el desarrollo de Tuxtepec y agradeció el respaldo de los ciudadanos que confiaron en su proyecto político. Por su parte, representantes de los ciudadanos que solicitaron la revocación de mandato expresaron su inconformidad con la decisión y señalaron que continuarán buscando mecanismos para exigir la rendición de cuentas del alcalde.
El proceso de revocación de mandato en Oaxaca es regulado por la Ley de Participación Ciudadana, que establece que el 10% de los ciudadanos registrados en el padrón electoral pueden solicitar la revocación del mandato de un presidente municipal o gobernador. El IEEPCO es el encargado de organizar y realizar la consulta ciudadana y determinar si procede o no la revocación del mandato.